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Inviolabilidad del domicilio

Posted by admin on octubre 6, 2020
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El domicilio es inviolable. Ninguna entrada ó registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular ó resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

Consagración constitucional de la inviolabilidad del domicilio en su conexión con el derecho a la intimidad personal ó familiar.

Abogados . Derecho penal .Donostia San Sebastián Gipuzkoa

La inviolabilidad del domicilio no esta necesariamente casado con la propiedad. Son irrelevantes la existencia de titulo jurídico que habilite su  uso.

La protección de los derechos constitucionales al derecho a la intimidad personal ó familiar más potente es el delito de allanamiento de morada 202 del código penal.

Ud no puede entrar en una vivienda aunque sea de su propiedad si es el domicilio de otra persona si no es con su consentimiento ó autorización judicial. Es indiferente la cuasa que Ud considere ya sea que no le paga el alquiler, ya sea que quiera dar por finalizado un acuerdo en situación de precario, incluso si le han ocupado una vivienda de su propiedad que estaba vacia , una herencia yacente……

Ó tiene el consentimiento del morador ó requiere autorización judicial.

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